
Formación bonificada
El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo contempla la formación de demanda, entendida como aquella que realizan las empresas para sus trabajadores, incluyendo los permisos individuales de formación, y que responde a las necesidades específicas que plantean las empresas y los trabajadores.
¿Qué es la Formación Continua Bonificada?
Sabemos que la formación es un recurso muy importante para las empresas, favoreciendo el reciclaje y adaptación permanente de sus trabajadores, y por tanto, de mejora de la capacidad de respuesta y competitividad de las empresas a las que pertenecen.
Toda empresa que cotice por sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social, dispone de una cuota para financiar la formación de sus empleados, ya sean grandes empresas, pymes, asociaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales (ONG´s).
Cada empresa dispone de un Crédito para la formación, que podrá hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones de la Seguridad Social, una vez realizada la formación.
Esta financiación se aplica a través de un sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social y podrán obtenerla todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por la contingencia de formación profesional.
¿Cómo funciona?
Para la financiación de la formación de los trabajadores, las empresas disponen de un crédito, la cantidad dependerá de la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el crédito mínimo que poseen es de 420 euros.
Dependiendo de la cantidad que tenga disponible podrá elegir entre el amplio catálogo de cursos que ofrecemos, una vez elegido el curso, el alumno será dado de alta en el mismo y dispondrá de nuestro asesoramiento y de la ayuda de un tutor personal durante todo el proceso. El mes siguiente a la finalización del curso, el precio del curso le será deducido del pago de los seguros sociales de ese mes, la empresa deberá abonar una factura por el coste de la formación, cantidad que será bonificada. Es decir, si un curso costase 400 euros, la empresa abonaría el precio del curso, y a su finalización, la cantidad que deba abonar en concepto de seguros sociales de la empresa se reducirá en 400 euros, por lo tanto la formación habrá resultado 100% “subvencionada y gratuita” tanto para el trabajador como para la empresa. Estos créditos son de carácter anual, es decir, si a final de año no los ha usado, se pierden, se derivan a otras organizaciones (sindicatos, etc) no pudiéndolos acumular ni canjear.
Nota: Los trabajadores autónomos no pueden beneficiarse de este tipo de formación.
¿Cómo calculo el crédito que le corresponde a mi empresa?
Nosotros realizamos gratuitamente y sin compromiso el trámite de verificación del crédito que dispone su empresa. Para ello un responsable de su empresa debe firmar un documento mediante el cual nos autoriza a consultar ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo el crédito asignado.
¿Cuándo se realiza la bonificación?
Una vez finalizada la formación, la empresa recupera el importe que le corresponde aplicándose una bonificación en la cotización a la Seguridad Social.
La empresa es la que elige el mes en el que quiere aplicarse dicha bonificación, que debe ser a partir del mes siguiente a la finalización del curso y siempre antes de finalizar el año en el que se ha impartido la acción.
¿Autoescuela Oromana, cómo participa?
Nos encargamos de:
- 1. Calcular el crédito disponible de su empresa.
- 2. Ofrecer el curso de formación.
- 3. Dar de alta las acciones formativas elegidas y los alumnos participantes comunicándolo a la Fundación Tripartita para beneficiarse de la bonificación.
- 4. Impartir el curso o acción formativa.
- 5. Finalizar la acción formativa.
- 6. Realizar acciones de evaluación, seguimiento y control, así como informar de las gestiones necesarias para hacer efectiva la bonificación.
INFORMACIÓN
Alcalá de Guadaíra (Sevilla)
Formación bonificada
C/ Diego de Almagro 2A, Alcalá de Guadaíra (Campo de las Beatas)
6:30 PM to 8:30 PM (EST)